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Contiene exactamente lo que indica la etiqueta

45_1_bigEn el acelerado mundo actual, en el que estamos más ocupados que nunca y necesitamos soluciones rápidas y sencillas para nuestras comidas en casa o en la calle, la elección de alimentos no debe ir en detrimento de la salud. El hecho de indicar en la etiqueta el contenido nutricional de los alimentos cobra cada vez más importancia, no sólo porque el consumidor tiene derecho a saber qué contienen los alimentos que compra, sino también porque esta información nos permite realizar elecciones alimentarias correctas y seguir así una dieta saludable y equilibrada.

Los fabricantes de alimentos enumeran los nutrientes contenidos en los productos alimenticios e indican las cantidades para que sepamos lo que estamos comiendo y en qué cantidad. La etiqueta de los alimentos reviste un interés cada vez mayor para los consumidores como instrumento informativo, ya que una dieta equilibrada, combinada con ejercicio físico regular, constituye el medio más eficaz para estar sano y en forma.

Optativo u obligatorio, ¿qué establece la legislación?

La legislación de la UE en vigor1 permite un etiquetado voluntario sobre las propiedades nutritivas de los productos, con una excepción. Es obligatorio enumerar los nutrientes de los alimentos acerca de los cuales se hagan “alegaciones nutricionales”; es decir, si alguna indicación o algún mensaje publicitario sobre dicho alimento le atribuyen de forma explícita o implícita propiedades nutritivas determinadas. Dichas alegaciones deberán aclararse en la etiqueta con información más detallada. La información suele encontrarse en una tabla impresa en la etiqueta o, si no hay suficiente espacio, en texto corrido.

Si los fabricantes o vendedores deciden voluntariamente enumerar los nutrientes en la etiqueta, deben seguir determinadas reglas. Se permiten dos formatos. En ambos, el contenido energético del alimento o la bebida debe figurar encabezando la lista. En uno de los formatos, se señala además la cantidad de proteínas, hidratos de carbono y grasas del alimento. El segundo formato, indica también la energía, las proteínas, los hidratos de carbono y las grasas, pero añade las grasas saturadas, la fibra y el sodio. En ambos casos, en las etiquetas pueden aparecer también las cantidades de azúcares, almidón, polialcoholes, ácidos grasos mono y poliinsaturados y colesterol, así como los minerales o vitaminas reconocidos, si el fabricante decide proporcionar esta información.

Especificidades relativas a nutrientes y energía

En determinados casos, también es preciso cumplir algunas condiciones particulares.

Si se anuncia específicamente un determinado contenido en azúcares, grasas saturadas, fibra o sodio, el producto alimenticio debe llevar el segundo formato (el valor energético más los siete nutrientes), incluida la cantidad del nutriente sobre el que se realiza la declaración.

Si se indica la cantidad de azúcares, almidón o polialcoholes de un alimento, esta información debe figurar en la etiqueta a continuación de la cantidad de hidratos de carbono, para precisar qué cantidades de estos elementos están contenidas en el hidrato de carbono. Si se proporciona la cantidad o el tipo de ácidos grasos o de colesterol, debe aparecer justo a continuación de la cantidad de grasas totales. Si en la etiqueta se especifican los ácidos grasos mono o poliinsaturados o el colesterol, también es necesario indicar la cantidad de grasas saturadas.

El valor energético y la cantidad de nutrientes deben aparecer en las etiquetas expresados en las siguientes unidades:
• la energía, en kilocalorías (kcal) y kilojulios (kJ);
• las proteínas, los hidratos de carbono, las grasas, la fibra y el sodio, en gramos (g); y el colesterol, en miligramos (mg).

Esta información debe expresarse por 100 g o 100 ml o, en algunos casos, por ración o porción. Además, la información sobre vitaminas y minerales debe expresarse en porcentaje de la “ingesta diaria admisible” (IDA) para estos micronutrientes.

¿Cuánto saben los consumidores?

A partir de las encuestas, se llega a la conclusión de que los consumidores no leen las etiquetas de los alimentos y que la información nutricional no se utiliza para realizar una mejor elección de alimentos. Las dificultades a la hora de comprender la información de las etiquetas y la manera en que se presentan han llevado a la Comisión Europea a proceder a una revisión de la Directiva relativa al etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios.

El etiquetado es sólo una forma de ofrecer al consumidor una información adecuada; podría hacerse mucho más para ayudar a los consumidores a realizar opciones saludables con conocimiento de causa. Persiste la opinión de que la etiqueta proporciona una información clara, sencilla y adaptada al consumidor y que este medio se debe apoyar, reforzar y ampliar mediante un exhaustivo programa de educación nutricional que implique a grupos de consumidores, a la industria alimentaria, a los educadores estatales y a los profesionales en materia de salud.

Referencia

Directiva 90/496/CEE relativa al etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios.

Ejemplo de etiquetado nutricional-Sopa de lentejas
Valor nutricional medio Por 100 ml
Valor energético 375 kJ (89 kcal)
Proteínas 5,6 g
Hidratos de carbono
de los cuales: azúcares
9,5 g
1,2 g
Grasas
de las cuales: saturadas
3,2 g
1,3 g
Fibra alimentaria 2,5 g
Sodio 0,56 g

FOOD TODAY 10/2004

Fuente: El Consejo Europeo de Información sobre la Alimentación

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