Los logotipos de calidad de la Unión Europea

Última actualización : 02 January 2013
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    En Europa, determinados productos agrícolas y alimentarios están etiquetados con un logotipo de la UE que certifica su origen y calidad. Este logotipo indica que un producto alimentario cuenta con unas características especiales, derivadas bien de la ubicación geográfica en la que se produce, o de su composición tradicional o método de producción. El logotipo informa a los clientes sobre la calidad, el origen y/o la autenticidad de un producto alimentario.

    Política de calidad agrícola de la UE

    La producción de productos agrícolas y alimentarios es una parte importante de la economía europea, y los esfuerzos para mejorar la calidad de los alimentos han formado parte de la política agrícola de la UE desde la década de los ochenta1. Muchos productos agrícolas y alimentarios presentan características especiales vinculadas con su origen geográfico, su composición tradicional o su método de producción. Desde 1992, la UE ha protegido las denominaciones de estos productos agrícolas y alimentarios, es decir, ha establecido las condiciones para que en toda la UE sus denominaciones estén protegidas legalmente ante las imitaciones. Esto equivale a un tipo de propiedad intelectual2. La legislación garantiza que se conserven las características específicas y tradicionales de estos productos alimentarios.

    Designaciones de productos de calidad

    De acuerdo con la política europea relativa a los productos agrícolas de calidad, los productores pueden registrar y proteger las denominaciones de determinados productos agrícolas y alimentarios bajo tres regímenes:3,4

    1. Denominación de origen protegida (DOP)

    Se aplica a alimentos producidos, procesados y preparados dentro de una ubicación geográfica determinada y que cuenten con características exclusivas de dicha ubicación; p. ej., el queso roquefort debe estar elaborado con leche de razas de oveja negras de Lacaune, y madurado en cuevas naturales cercanas a Roquefort, en Aveyron (Francia), usando las esporas de Penicillium roqueforti que crecen en dichas cuevas.

     

    2. Indicación geográfica protegida (IGP)

    Es similar a la DOP excepto en que el vínculo geográfico no es tan fuerte; es decir, basta con que al menos una de las fases de producción, procesamiento o preparación tenga lugar dentro de dicha ubicación geográfica. Además, debe contar con una cualidad específica, una reputación o una característica atribuible a su ubicación geográfica, como por ejemplo el Salame Cremona o el queso Edam.
     

    3. Especialidades tradicionales garantizadas (ETG)

    Se aplica a alimentos de carácter tradicional, es decir, que se han consumido en el mercado de la UE durante un periodo demostrado de al menos 25 años, que cuentan con unas características específicas que los distinguen de otros productos alimentarios pertenecientes a una categoría similar, y que están elaborados de acuerdo con la fórmula tradicional; p. ej., el queso mozzarella o el jamón serrano.

    Los productos registrados deben estar etiquetados con el logotipo correspondiente5. La legislación establece los requisitos que deben satisfacerse antes de poder registrar un producto agrícola o alimentario en uno de dichos regímenes1,6. La solicitud de registro se debe realizar ante la autoridad nacional competente de un Estado miembro europeo. Si la solicitud se considera aceptable, se envía a la Comisión Europea para su aprobación. Por otra parte, las solicitudes son publicadas en todas las fases de revisión y están abiertas a objeciones de terceros.

    Las ventajas de los regímenes de DOP/IGP/ETG

    El registro en los regímenes de DOP e IGP otorga al productor o los productores que cursaron la solicitud original, así como a cualquier otro productor que pueda satisfacer los requisitos del régimen de calidad en cuestión, el derecho exclusivo a usar la denominación registrada y protegida del producto. En cuanto a las DOP e IGP, los productores ajenos a la ubicación geográfica en cuestión quedan explícitamente excluidos del uso de la denominación registrada. El uso de los logotipos aprobados permite a los productores informar a sus consumidores sobre la calidad y la autenticidad de sus productos, a fin de que estos realicen una elección informada. Finalmente, varios estudios han mostrado que estos regímenes contribuyen de forma muy valiosa al desarrollo rural sostenible; p. ej., se conservan variedades de plantas locales, se conservan la diversidad rural y la cohesión social, y se crean oportunidades de empleo4.

    Los productos y el valor del sistema de la UE

    Hasta la fecha, más de 1.000 productos agrícolas y alimentarios se han registrado en los citados regímenes5. Del total, el 97% tiene categoría de DOP o IGP, y un 50% del total de productos han sido registrados por Italia, Francia y España5. En 2007 se estimó que la contribución de los productos agrícolas con DOP/IGP a la economía de la UE había ascendido a un valor de venta al por mayor de 14.200 millones de euros7. Un tercio de la facturación de productos con DOP/IGP pertenece a productos a base de queso, un 8% de cuya producción en la UE está protegido, incluidas las variedades Comté, queso manchego y Feta7. La lista completa de todos los productos registrados se puede encontrar en la Base de datos del sistema de etiquetado de calidad de la Unión Europea (DOOR, por sus siglas en inglés)8.

    El futuro

    Los consumidores dan cada vez más importancia a la procedencia y las cualidades organolépticas de los alimentos, lo que genera una demanda de productos con un origen geográfico identificable1. Los actuales regímenes de calidad de la UE protegen las denominaciones de los productos ante el mal uso y las imitaciones, y proporcionan a los consumidores información sobre las características específicas de los productos7.

    Bibliografía

    1. Reglamento (CE) N° 510/2006 de 20 de marzo de 2006 sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios: Regulation (EC) No 510/2006 of 20 March 2006 on the Protection of geographical indications and designations of origin for agricultural products and foodstuffs.
    2. Comisión Europea (2011). Intellectual property. Geographical indications: European Commission website (2011). Intellectual property. Geographical indications.
    3. Comisión Europea (2012). Geographical indications and traditional specialities: European Commission (2012). Geographical indications and traditional specialties.
    4. Comisión Europea (2007). Factsheet - European policy for quality agricultural products: European Commission (2007). Factsheet - European policy for quality agricultural products.
    5. Comisión Europea (2011). Background note - 1000th quality food name registered. MEMO/11/84: European Union (2011). Background note - 1000th quality food name registered. MEMO/11/84.
    6. Reglamento (CE) N° 509/2006 de 20 de marzo de 2006 sobre las especialidades tradicionales garantizadas de los productos agrícolas y alimenticios: Regulation (EC) No 509/2006 of 20 March 2006 on agricultural products and foodstuffs as traditional specialities guaranteed.
    7. Comisión Europea (2010). Newsletter – Los productos agrícolas con DOP e IGP: más de 800 productos facturan 14.200 millones de euros: European Commission (2010). Newsletter - PDO and PGI agricultural products: a 14.2 billion euro turnover for over 800 products.
    8. EU database DOOR: EU database DOOR.